A- de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Sandra Valencia Fontalvo, Vs Electricaribe S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Remitir expediente a Juzgado Penal del Circuito para que trámite impugnación
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia, el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Barranquilla, al resolver el recurso de impugnación, consideró que los hechos de que dieron lugar a la acción ocurrieron en el municipio de Calamar y por lo tanto remitió el expediente a el Juzgado Promiscuo Municipal de Calamar, el cual a su vez consideró que en el presente asunto debía primar el principio de perpetuatuio jurisdictionis.
La Corte aclara que desde el momento en que el Juzgado Octavo Penal Municipal de Barranquilla avocó el conocimiento de la presente acción, radicó la competencia en ese despacho judicial, la cual no puede ser alterada ni en primera ni en segunda instancia por lo tanto se decide remitir el expediente al Juzgado Sexto Penal, para que de forma inmediata tramite la impugnación del fallo de primera instancia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Calamar, Bolívar y el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Barranquilla, ordenando la remisión del expediente a este último.
- SEGUNDO. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Sandra Valencia Fontalvo al Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Barranquilla para que sin más demoras, tramite la impugnación contra el fallo de primera instancia.
- TERCERO. Por Secretaría General COMUNICAR a los Juzgados
- Octavo. Penal Municipal de Barranquilla y Promiscuo Municipal de Calamar, Bolívar la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.